Luego de estar más dos meses y medio en huelga de hambre exigiendo la aplicación del Convenio 169 de la OIT a la situación judicial y carcelaria de los presos políticos mapuche sin recibir aún respuesta, y estando en riesgo vital, el Machi Celestino Córdova inició una huelga seca como extrema medida de presión.
Recordemos que desde el miércoles de la semana pasada, Córdova está internado en el hospital intercultural de Nueva Imperial debido a su delicado estado de salud, el que según su médica de confianza, Leonor Olate, es de vida o muerte. Hay que agregar que a los síntomas que ya presentaba el Machi como bradicardia, fallas inmunológicas y problemas neuronales, se le sumó la semana pasada una hemorragia interna abdominal y la pérdida de visión en su ojo derecho, situaciones que se agravaran al suspender el consumo de líquido.
Sobre la extrema medida de presión, la vocera del Machi, Cristina Romo explicó que «debido a que la huelga se ha extendido por un tiempo muy prolongado, las dolencias físicas son insoportables, el dolor es generalizado. El lammien Machi ha manifestado que se encuentra agotado de esta situación y quiere que se resuelva de alguna u otra manera, ya sea porque sale a su rewe vivo o porque sale muerto».
Hay que recordar que son veintisiete los presos políticos mapuche que hoy se encuentran en huelga de hambre en las cárceles de Temuco, Angol y Lebu. Exigen al gobierno en funciones de Sebastián Piñera la aplicación del mencionado reglamento internacional adscrito por el Estado en 2008, pero que hasta la fecha no ha sido implementado en la situación judicial y carcelaria de los comuneros condenados o en prisión preventiva.
Hay que destacar que esta es la quinta huelga de hambre que ha emprendido Celestino Córdova durante los siete años que lleva condenado, por su supuesta participación en el Caso Luchsinger-Mackay. Desde 2013 el Machi ha alegado inocencia en los cargos que se le imputa, pero además, ha evidenciado el nulo adapta miento de los protocolos del poder Judicial y Gendarmeria a la reglamentación mandatada por el Convenio 169 de la OIT en materia de DDHH y pueblos originarios.
Cabe recordar que el Machi sustenta su exigencia en los artículos 7, 8, 9 y 10 del mencionado tratado internacional. Este último por ejemplo, exhorta que «las sanciones penales previstas por la legislación general a miembros de dichos pueblos deberán tenerse en cuenta sus características económicas, sociales y culturales. Además agrega que «deberá darse la preferencia a tipos de sanción distintos del encarcelamiento».
En este sentido, desde su vocería hicieron hincapié en «la tozudez y la indolencia de las autoridades de gobierno, de no entender la urgencia de la situación. Hay vidas que están en juego, por lo tanto un desenlace fatal es muy posible, sobre todo por la situación de salud de nuestro Machi. Hoy estamos en un escenario de huelga seca y eso nos pone en una situación extremadamente delicada».
Fuente: Resumen